ACUERDO DE ALQUILER – TÉRMINOS Y CONDICIONES

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS: Los siguientes términos tendrán las siguientes interpretaciones: «Contrato» significa este Acuerdo de Alquiler que consta de las Páginas 1 y 2; «Arrendatario» – significa la parte que alquila o arrienda el vehículo y cualquier otra persona aprobada por el Arrendador en la Página 1 para conducir el vehículo; «Arrendador» – significa el concesionario de alquiler de autos autorizado de AMÉRICA que se menciona en la página 1; «Vehículo» – significa el automóvil o camión descrito, sujeto a todos los términos y disposiciones de este contrato contenidos a continuación y en el reverso del mismo.

1.) CONDUCTORES: En ningún caso el vehículo será utilizado, operado o conducido por ninguna persona que no sea el arrendatario o arrendatario adicional que firmó este acuerdo, excepto que, sin violar este contrato, el vehículo pueda ser utilizado, operado o conducido por otra persona que sea un conductor calificado con licencia de veintiún (21) años de edad o más, si esa persona es el empleador o empleado del arrendatario y usa y opera el vehículo en el curso normal de dicho empleo.

2.) USO PROHIBIDO: El vehículo no se utilizará (1) en violación de cualquier ley, ordenanza o regulación, (2) por cualquier persona que esté bajo la influencia de bebidas alcohólicas, narcóticos o drogas, (3) si se trata de un automóvil, para el transporte de personas o propiedades a cambio de un precio, (4) en ninguna carrera, prueba o evento competitivo, (5) fuera del Estado de Florida sin el consentimiento previo por escrito del Arrendador, (6) por cualquier persona que no esté especificada en el párrafo 1 anterior, (7) por cualquier persona menor de 21 años, (8) para empujar o remolcar cualquier vehículo sin el consentimiento previo por escrito del Arrendador y sujeto a todas las condiciones que aparecen en el reverso del mismo. Se prohíbe al Arrendatario instalar cualquier enganche para remolque, abrazadera u otro tipo de enganche en el vehículo sin el consentimiento previo por escrito del Arrendador. EN NINGÚN CASO el arrendatario sub arrendara o cediera el vehículo a otra persona o corporación. Si el vehículo es obtenido por el Arrendatario mediante fraude o representación falsa, o es obtenido o utilizado con el propósito de llevar a cabo una actividad ilegal, todo uso del vehículo se realiza sin el permiso del Arrendador. Las condiciones anteriores son acumulativas y cada una de ellas se aplicará a cada uso, operación o conducción del vehículo. El Arrendatario y/o el Arrendatario adicional acuerdan indemnizar y reembolsar a la empresa por todos los daños sufridos por la empresa como resultado del uso del vehículo de una manera que pueda ser caracterizada como «uso prohibido» según la cláusula de «Uso Prohibido» mencionada anteriormente.

3.DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO: Este contrato es exclusivamente de alquiler. El vehículo es propiedad del arrendador. El arrendatario se compromete a devolver el vehículo a la dirección del arrendador en la fecha indicada en la Página 1 (bajo «Fecha de Vencimiento») en las mismas condiciones en las que lo recibió, excluyendo el desgaste normal. El arrendador o cualquiera de sus agentes o empleados podrán recuperar el vehículo pacíficamente y dar por terminado este contrato de alquiler si el vehículo está estacionado ilegalmente, se utiliza en violación de la ley, se obtuvo este contrato como resultado de una declaración falsa o fraude, parece estar abandonado, o por cualquier otra razón que el arrendador considere suficiente. El arrendador no será responsable de ninguna manera ante el arrendatario por los daños resultantes de dicha recuperación, ni será responsable por la pérdida o daño de cualquier propiedad del arrendatario contenida en el vehículo.

4.MONTOS A PAGAR AL ARRENDADOR: El Arrendatario deberá pagar al Arrendador a su demanda: (a) todos los cargos de tiempo y millaje según se calculan en la Página 1 de este contrato, con el millaje determinado leyendo el odómetro del vehículo instalado por la fábrica. El Arrendatario NO debe desmontar el odómetro y deberá pagar por su reparación o reemplazo si se ha roto algún sello, junto con un cargo por millaje equivalente al cargo promedio desarrollado a partir de la experiencia del Arrendador, (b) la tarifa básica o mínima, servicio, exención de daños por colisión y otros cargos como se muestran en la Página 1 del mismo, (c) cargo de reabastecimiento si el vehículo es devuelto con menos gasolina que cuando se rentó, (d) todos los impuestos sobre ventas, uso, impuestos especiales u otros, (e) todas las cargas, penalizaciones, confiscaciones, costos judiciales y gastos de bolsillo incurridos por el Arrendador con respecto al uso del vehículo por el Arrendatario, incluyendo multas de estacionamiento, tráfico o cualquier otra violación impuesta contra el Arrendador, el vehículo o el Arrendatario, más un cargo de servicio razonable, a menos que sea debido a la culpa del Arrendador, (f) los costos y gastos del Arrendador, incluyendo honorarios de abogados razonables (a menos que estén prohibidos por la ley), incurridos en la recolección de cualquier pago adeudado en virtud de este contrato o en el monto especificado en la sección de Exención de Daños por Colisión en la Página 1, (h) los costos y gastos del Arrendador por la reparación del vehículo que resultó dañado mientras se usaba en violación de alguno de los términos y condiciones de este contrato. (i) Los costos y gastos del Arrendador por la recuperación del vehículo, independientemente de la culpa, que resultó de un accidente, robo o cualquier violación de la cláusula de uso prohibido.

5.INDEMNIZACIÓN: El Arrendatario acepta por medio de este contrato indemnizar y mantener indemne al Arrendador de cualquier pérdida, daño, reclamo, demanda, costos, honorarios de abogados y cualquier otro gasto incurrido por el Arrendador que surja del uso del vehículo por parte del Arrendatario o cualquier otra persona.

6.NO AGENCIA: Ni el Arrendatario ni ningún otro conductor del vehículo será o será considerado agente, servidor o empleado del Arrendador para ningún propósito, y durante el plazo de este Acuerdo, el Arrendatario asumirá completamente la responsabilidad total del vehículo ante el público y cualquier organismo regulador que tenga jurisdicción.

7.REPARACIONES: El arrendatario no permitirá ninguna reparación del vehículo o permitirá que se coloque algún gravamen sobre él sin el consentimiento previo y por escrito del arrendador. El arrendatario será responsable de cualquier reparación de este tipo.

8.ACCIDENTES: El arrendatario deberá informar inmediatamente de cualquier accidente a la agencia de aplicación de la ley con jurisdicción en el lugar del accidente y a Lessor, y entregará a Lessor o a sus aseguradores, si Lessor lo solicita, cualquier proceso, notificación o documento de cualquier tipo recibido por el arrendatario o cualquier conductor del vehículo relacionado con cualquier reclamo, demanda o proceso relacionado con cualquier accidente o evento que involucre el vehículo. Ni el arrendatario ni ningún conductor del vehículo ayudarán o fomentarán la presentación de cualquier reclamo, demanda o proceso de este tipo y cooperarán plenamente con Lessor y su aseguradora en la investigación y defensa del mismo.

9.CRÉDITOS Y CARGOS: En caso de que el arrendatario dirija al arrendador a facturar cargos a cualquier otra persona u organización, el arrendatario será solidariamente responsable de todos estos cargos y en caso de que dicha persona u organización no realice el pago inmediato de dichos cargos, el arrendatario pagará rápidamente dichos cargos cuando el arrendador se lo exija. EL ARRENDATARIO AUTORIZA EXPRESAMENTE AL ARRENDADOR A PROCESAR UN VALE DE TARJETA DE CRÉDITO, SI LO HAY, EN SU NOMBRE POR LOS CARGOS REALIZADOS BAJO ESTE CONTRATO. El arrendatario acepta pagar un interés del 132% por mes (18% por año) sobre cualquier dinero pagado por el arrendador en beneficio del arrendatario hasta que se recoja y sobre cualquier cuenta pendiente por más de 30 días.

10.ROBO DEL VEHÍCULO: La responsabilidad del arrendatario por el robo del vehículo se limitará a $1,000 siempre y cuando el arrendatario devuelva a la compañía las llaves de dicho vehículo. La incapacidad o imposibilidad de devolver las llaves del vehículo a la compañía hará que el arrendatario sea responsable de reemplazar dicho vehículo.

11.SEGURO: El arrendador se compromete a proporcionar un seguro de responsabilidad civil de automóvil con límites de responsabilidad iguales al límite de responsabilidad financiera del Estado de Florida, pero solo si no existe otro seguro válido y cobrable, ya sea primario, excedente o contingente, con límites de hasta el límite de responsabilidad financiera del Estado de Florida, disponible para el arrendatario o el operador del vehículo.

12.COLLISION DAMAGE WAIVER PROTECTION no incluye pinchazos, neumáticos desinflados, daños a los neumáticos o a las ruedas o llantas, vidrios rotos o cualquier daño interior, como quemaduras de cigarrillos, rasgaduras, roturas o manchas en la tapicería y la alfombra, u otros daños, objetos faltantes como tapetes, llanta de repuesto, gato, tapacubos, etc.

13.CONTRATO COMPLETO: Este contrato expresa el entendimiento completo de las partes y no existen otras representaciones, garantías, acuerdos complementarios o condiciones.

14.El CDW no le cubrirá si no se proporciona el informe o caso adecuado de accidente en el momento de la devolución. El cliente será completamente responsable de cualquier daño, tarifa de incautación, multas de tráfico o cualquier tipo de gasto que esto pueda causar. La tarjeta del arrendatario será cargada automáticamente. El CDW tiene una franquicia mínima de $1000.00 para económicos, compactos o medianos, $1500.00 para vehículos de tamaño completo, minivans, medianos y SUV regulares, $5000.00 para vehículos de lujo y $5000.00 hasta $10,000.00 para vehículos exóticos.

15. Todos los casos judiciales se juzgarán en el condado de Miami-Dade, estado de Florida.

16. El seguro válido y collectible del conductor autorizado de alquiler o arrendamiento y el seguro de protección de lesiones personales es primario para los límites de responsabilidad y cobertura de protección de lesiones personales requeridos por FLA. STAT. SECCIÓN 324.021(7) Y FLA STAT. SECCIÓN 627.726